30 de septiembre de 2014

Trabajo sexual: “Sacar la mugre del placar”

Tiene tratamiento legislativo en la Cámara de Diputados de la provincia un proyecto de ley que apunta a reglamentar el ejercicio del trabajo sexual dentro del territorio de la Provincia de Mendoza y de quienes lo realicen. Podrá ser ejercido por personas mayores de edad que cumplan con distintos requisitos que plantea la iniciativa.

Lorena Saponara (Diputada Provincial FPV):

“Esta bueno que la provincia de Mendoza pueda tener un debate sobre la regulación del trabajo sexual, es bueno sacar la mugre del placar y dar la discusión como sociedad. Mi proyecto regulariza el derecho laboral de las trabajadoras sexuales, donde se toma distancia en la diferenciación de dos conceptos, uno es el proxenetismo y el otro es el de trata, donde hace que las trabajadoras sexuales tengan una protección a nivel individual, tantos de derechos no adquiridos, por toda la cuestión de prejuicios y de voces que hablan en nombre de ellas, que no son justamente las trabajadoras sexuales.

“Hemos trabajado este proyecto en conjunto, desde hace un año y medio, con distintas organizaciones a nivel provincial, nacional e internacional. Estoy convencida que existió, existe y existirá el trabajo sexual, por lo tanto necesitamos regularizarlo para una protección laboral, para una jubilación, una mutual, para un control de salud, para que haya políticas sociales o públicas que ayuden a tener otras visiones”.

Georgina Orellano (Secretaria General Nacional de la Asociación Mujeres Meretrices de la Argentina en Acción por nuestros derechos):

“Estar amparadas a través de un marco regulatorio, que por ejemplo acá en Mendoza plantea un marco regulatorio sea realizado entre varios ministerios, es un buen inicio para empezar a combatir los delitos como la trata y la explotación sexual, como la violencia institucional que sufrimos donde el Estado no debe estar más ausente, tiene que estar presente.

Debemos tener derechos laborales que históricamente nos has sido negados como trabajadoras, como es la obra social, los aportes jubilatorios. Nosotras estamos dispuestas a hacer nuestros aportes al Estado y que luego estos se conviertan en políticas públicas para todos y todas. Con respecto a las distintas posturas que hay sobre la regulación del trabajo sexual nuestra lucha no pasa porque todos piensen y levanten la bandera de la regulación del trabajo sexual, ya que nosotras respetamos el derecho a opinar, y aún con la regulación del trabajo sexual no se va a obligar a que todas las que hoy por hoy están realizando esta actividad se registren

“Nos parece que a las que sí queremos seguir trabajando y hemos elegido este tipo de trabajo, tenemos que estar amparadas bajo un marco regulatorio, con reconocimiento de derechos y las que no quieren seguir ejerciendo creo que el Estado debe estar realmente presente, no con políticas asistencialistas sino con políticas concretas”,

“Siempre se ha discutido si el trabajo sexual puede ser un trabajo o no, si es una elección que se ejerce libremente. Hemos sido empujadas por la pobreza. Tampoco una empleadas doméstica, las cajeras y repositoras de supermercados, no eligen libremente su trabajo sino también que está condicionada por muchísimos factores económicos” .

“La problemática atraviesa muchas cuestiones moralistas con respecto a con cual parte de cuerpo nosotras trabajamos, cual es nuestra herramienta de trabajo o no, porque parece que se puede explotar cualquier parte del cuerpo, pero no los genitales. En el fondo hay una cuestión moralista. Si seguimos tapando y escondiendo bajo la alfombra lo que nos molesta o lo que no queremos hablar, eso embarra la cancha y no nos deja verdaderamente poder seguir debatiendo”.

NdE:

El proyecto de ley de la diputada Saponara define como trabajo sexual “a toda actividad de ofrecimiento o prestación de servicios sexuales de manera autónoma, voluntaria, individual e independiente en domicilio particular debidamente declarado ante el registro correspondiente, por toda persona de uno u otro sexo, debidamente registrada/o según los medios establecidos por la presente ley o la/s que la complementen en lo sucesivo, a cambio de una remuneración en dinero , especias o lo que se pacte según la libre autonomía de la voluntad de las partes. Para beneficio personal del/la trabajador/a sexual”.

Serán deberes y obligaciones de todo/a trabajador sexual, cumplimentar los requisitos legalmente establecidos para obtener la habilitación para el ejercicio de la actividad. Estos serán asistir a los cursos de capacitación que determine la Secretaria Provincial de la Protección al Trabajo Sexual (SPPTS)- creada por esta norma- ; someterse a los controles médicos y psicológicos determinados por la SPPTS, que incluirá, sin excepción, un examen semestral de HIV/SIDA; colocarse las vacunas contra HPV (virus de papiloma humano) y hepatitis B.

También, portar y exhibir durante la jornada de trabajo el carnet profesional que acredita la habilitación para trabajar y la libreta sanitaria; asistir a todos los cursos de capacitación que la OPPTS determine; tener el ciclo educativo obligatorio o finalizarlo; y realizar las actividades tendientes a la inscripción al régimen de monotributistas y Rentas de la Provincia.

Respecto a los derechos de las personas que ejerzan el trabajo sexual, se establece el ejercicio libre de su trabajo, en igualdad de condiciones respecto de cualquier otro trabajador autónomo; condiciones dignas de labor, libre de violencia, explotación y discriminación; organizarse sindicalmente de modo libre y democrático para la mejor promoción y defensa de sus derechos e intereses; un trato digno y respetuoso en su condición de trabajador/a; y seguridad social.

Además, los/as establece a poder inscribirse ante los organismos previsionales y de control respectivos a los fines de ingresar a los sistemas de seguridad social, tanto médico asistenciales como de jubilaciones y pensiones previstos; y a la defensa en juicio de sus derechos e intereses laborales.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos en coordinación con el Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, el Ministerio de Salud y Dirección General de Escuela.

Se propone la creación de la Secretaria Provincial de la Protección al Trabajo Sexual (SPPTS), que funcionará dentro de la órbita del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos de la Provincia de Mendoza, que estará conformada por un/a representante de los ministerio de Justicia, Trabajo y Gobierno, de Salud y de Desarrollo Social y Derechos Humanos; de la Dirección General de Escuelas; tres representantes de los T.S de organizaciones NO gubernamentales que representen y velen por los derechos y obligaciones de los/las T.S.

Link: http://diadelsur.com/trabajo-sexual-sacar-la-mugre-del-placar/

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