19 de marzo de 2015

La Justicia reconocio el Trabajo Sexual

¡Sí!, el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°8 declaró ilegítimo el procedimiento del GCBA para imponer clausura y multas en domicilios de trabajadoras sexuales.

Expresando que su falta de regulación es una deuda de la Ciudad con la sociedad.

Desde AMMAR Nacional celebramos la sentencia de la Jueza Dra. Natalia Molina, en la caratulada “M. C. s/ Inf. Art. 2.2.14 – L 451” que expresa literalmente: “[la] falta de regulación específica sobre servicios personales de tipo sexual es una deuda que a mi entender tiene la CABA con la sociedad. Se trata de una deuda muy antigua. Desde la existencia de los propios edictos en la CABA, antes de que existiera el código de convivencia, siempre ha habido una falta de enfoque concreta sobre esta cuestión. Desde edictos hasta el art. 71 antiguamente, cuando se perseguía esta cuestión hasta llegar al día de hoy con el art. 81 de la ley 1472. Llevo dicho hasta ahora que no habiéndose verificado ningún delito, ninguna cuestión más grave de la que me convoca y habiendo solicitado el fiscal la absolución, por las razones explicadas, la actividad privada de los hombres está fuera de la decisión de los jueces y por ello corresponde la absolución”.

El Gobierno de la Ciudad ejerce el Poder de Policía aprovechándose de los operativos anti-trata para inspeccionar en departamentos privados donde hay trabajadoras sexuales. Les exigen a las compañeras habilitaciones de imposible cumplimiento; labrándose infracciones que terminan ejecutándose en la Justicia. La mayoría de las trabajadoras sexuales -debido a la criminalización social- evitamos ir al juzgado y terminamos pagando una sanción sin defendernos, pero hubo una compañera trans que dio pelea, entendiendo que ese proceder era injusto. Prefirió llevar el caso hasta las instancias del juicio oral acompañada por nuestra organización y sus abogadxs defensorxs, Dra. Mariana Casas y Dr. Damián Pszemiarower -ambxs del equipo jurídico de la Mesa Nacional por la Igualdad y de la legisladora María Rachid-, donde finalmente fue absuelta de todas las faltas que le imputaba el GCBA.

Georgina Orellano, secretaria general de AMMAR, ha expresado: “El proyecto de ley que presentamos con la diputada María Rachid en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objeto regular la habilitación y funcionamiento de los establecimientos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a brindar servicios de índole sexual. Se considera trabajo sexual a los fines de esta ley, la actividad voluntaria y autónoma de ofrecer y/o prestar servicios de índole sexual a cambio de una retribución para beneficio propio. El establecimiento puede estar organizado de manera individual autónoma o bajo la forma de cooperativa autónoma. Las personas que ejerzan el trabajo sexual o presten servicios a ellas, de acuerdo a las normas establecidas en la presente ley, no son pasibles de detención, aprehensión o demora por parte de la autoridad policial, ni de encausamiento judicial, decomiso o retención de sus pertenencias, por el solo hecho del ejercicio de su actividad, por organizarse en comunidad o cooperativas para el ejercicio de su profesión y de sus derechos. Desde hace mucho tiempo venimos trabajando con las compañeras para que nuestro trabajo sea regulado, tenga un marco legal como cualquier otro y, por supuesto, no se nos criminalice. Esta es una oportunidad para que logremos el reconocimiento de nuestros derechos laborales como una obra social, una jubilación, derechos elementales a cualquier trabajador/trabajadora sin cesar en la lucha contra la trata de personas y el proxenetismo que se puede lograr con una mayor presencia del Estado para preservar a las trabajadoras sexuales de las situaciones de explotación y trata. Este fallo nos confirma que el camino de la lucha que llevamos adelante es acertado”.

El fallo dictaminado el pasado 9 de marzo del corriente sienta un precedente para nuestras compañeras trabajadoras sexuales y embandera un camino de lucha para avanzar ante el atropello gubernamental y policial.

DESDE AMMAR CELEBRAMOS: ¡SE HIZO JUSTICIA!

Descargar en PDF el Fallo

Secretaría General

Piedras 1065 / C1070AAU / Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina / Tel.: +54 11 4361 0092 / Correo electrónico: nacional@ammar.org.ar