La propuesta borrador fue elaborada en lo que va de 2017 por afiliadas y afiliados a Ammar de distintos rubros dentro del mercado del sexo (calle, espacios privados, internet) y miembros del Frente de Unidad Emancipatorio por el Reconocimiento de Derechos de lxs Trabajadorxs Sexuales en Argentina FUERTSA.
La nueva propuesta de ley que será presentada en la Cámara de Diputados durante 2018 se distancia del proyecto que la Organización presentó en el 2013 pues no exige credencial profesional para ejercer la actividad y se enfoca en la descriminalización del trabajo sexual y el reconocimiento de derechos para las personas que lo ejercen.
"Las Trabajadoras Sexuales no hablamos de abolicionismo, prohibicionismo o regalmentarismo sino de reconocimiento de derechos laborales. Ese es nuestro modelo y busca que podamos trabajar tranquilas porque es cierto que en Argentina el Trabajo Sexual no es delito pero todos los lugares donde podemos ejercer están crimianlizados. No hay otro trabajador o trabajadora al que se le arrojen tantas leyes punitivas como a las Trabajadorxs Sexuales", dijo Georgina Orellano, Secretaria General de Ammar
El proyecto de 2013 se titulaba “Regulación del Trabajo Sexual Autónomo” y contemplaba la creación de una oficina Nacional de Protección al Trabajo Sexual en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, tramitar una habilitación individual o colectiva que tenía como requisitos: ser mayor de edad, no tener impedimento legal para trabajar en Argentina y hacer un curso habilitante y gestionar una credencial profesional como trabajadora o trabajador sexual. Fue presentado con el apoyo del entonces senador Olvaldo López y perdió estado parlamentario.
El nuevo anteproyecto que se titula “Reconocimiento de los Derechos de las y los trabajadoras/es sexuales en Argentina” propone derogar las normativas que criminalizan y persiguen el trabajo sexual y garantizar el derechos a trabajar, a asociarse con fines útiles, a organizarse, a sindicalizarse, a promocionar los servicios, a elegir el espacio de trabajo, a decidir la jornada laboral, a establecer las condiciones de trabajo, a la libertad e integridad, a la vivienda, a la salud, a la seguridad social y a la jubilación. En este caso, el único requisito es ser mayor de edad.